SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2012

Fecha: 14-May-2012

: 1)

La demanda Gladis Cox Salazar, ex Jueza del Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial, mediante informe escrito de 4 de diciembre de 2009, cursante de fs. 137 a 138, manifestó que: 1) El proceso coactivo ha sido sustanciado en la gestión 2001 y la sentencia que declaró probada la demanda ordenando el pago de $us10.000, mas interés; cobró ejecutoria formal el 28 de enero de 2002 y se desarchivó cinco años después el 23 de noviembre de 2007; 2) Probada la excepción de pago documentado, se extinguió el derecho de los accionantes a cobrar los intereses congelados en el marco de los arts. 317, 351-1, 1311 y 1505 del CC y 3) Finalmente “…resulta inadmisible en consecuencia, señalar que no se ha dado cumplimiento a la normativa que rige la tramitación de procesos coactivos y por lo expuesto e informado se concluye que el auto ahora impugnado mediante 'Recurso de Amparo'… ha sido dictado en respeto de la normativa vigente”