Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2012
Fecha: 14-May-2012
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
En audiencia, los terceros interesados Freddy Palacios y Amalia Ecos., mediante sus abogados manifestaron que en ejecución de sentencia solo podía oponerse excepciones perentorias sobrevinientes y fundadas en documentos pre constituidos, es así que al plantear las excepciones se han presentado documentos fehacientes, que demostraban el pago total de la deuda más los intereses pactados, incluso el honorario profesional del Abogado Felipe Encinas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- “procedente”
- : 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional no constituye una instancia procesal de revisión de resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido