Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0202/2012
Fecha: 24-May-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Formula la actual acción en base al art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE) y la SC 0128/2011-R de 21 de febrero, haciendo mención solamente a las autoridades demandadas, los derechos vulnerados e invoca los arts. 8.II, 22, 115.II, 125, 178.I y 180 de la CPE, y la SC 1699/2003-R de 24 de noviembre.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concediendo en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Alcance y reglas que deben observarse en la tramitación de acción de libertad planteada en forma oral
- III.2. Las acciones constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones pronunciadas dentro de acciones tutelares
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- REVOCAR