SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2012

Fecha: 24-May-2012

a)

En audiencia, María del Carmen Azurduy Lora, a través de su abogado, resaltó la inmediatez de la acción de amparo constitucional y añadió: a) La presente acción  está fuera de término; b) Existen dos procesos: una de asistencia familiar que se tramita en el Juzgado Tercero de Instrucción de Familia y otra de divorcio radicado en el Juzgado Segundo de Partido de la misma materia, habiéndose fijado en ambas el monto de Bs500.- como asistencia familiar a favor de AA;      c) En el documento privado suscrito, el ahora representado tácitamente indica que la pensión familiar es para la hija y en ninguna de sus cláusulas refiere que es para la madre; y, d) La autoridad demandada efectuó una correcta interpretación del documento, ya que sus actos se enmarcaron dentro de los antecedentes del cuaderno procesal. En base a ello, pide la improcedencia de la acción de amparo constitucional.