Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2012
Fecha: 24-May-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 002/2010 de 5 de febrero, cursante de fs. 96 a 100 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Julio Cesar Torrico Salinas en representación de Rodrigo Armando Flores Aguilar contra Vicente Gonzáles Aramayo Zuleta, Juez Quinto de Partido de Familia, del Distrito Judicial -ahora departamento- de Oruro.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y el principio de congruencia
- es una condición esencial para asegurar a los justiciables que en la decisión de su recurso los superiores en grado tienen delimitado su campo de acción para emitir su resolución
- Fragmento 20
- III.3.2.
- APROBAR