SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2012

Fecha: 29-May-2012

como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley“

          Previamente a analizar el caso concreto, es preciso referirnos a la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y los requisitos de su procedencia, en ese sentido el Tribunal Constitucional mediante la SC 1530/2011-R de 11 de octubre, indicó que: ”La acción de amparo constitucional, instituida por el art. 128 de la CPE, como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley“(las negrillas son nuestras).

          El art. 129.I de la CPE, precisa: “La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”.