SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2012

Fecha: 29-May-2012

III.3. La necesaria modulación de los efectos de las sentencias constitucionales

          En ese sentido,  la SC 0646/2011-R de 3 de mayo, haciendo mención a la SC 0082/2000 de 14 de noviembre, dejó establecido que: ”…según la doctrina constitucional existen diversas formas de interpretación como la 'previsora' la que al ser realizada requiere que, el contralor de constitucionalidad como máximo intérprete de la Constitución, adopte previsiones sobre los efectos y consecuencias de las decisiones asumidas a partir de la interpretación”.

          Por lo señalado es deber del Tribunal prever las consecuencias que podrían generarse a partir de su decisión, de manera que es necesario que este Tribunal Constitucional Plurinacional dicte una sentencia modulando sus efectos que eviten perjuicios en el orden jurídico, es decir, evite la generación de una inseguridad jurídica.