Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2012
Fecha: 31-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los apoderados sostienen que la autoridad demandada vulneró el derecho de petición de su representada, al haber omitido y negado dar respuesta formal, oportuna y fundamentada a los memoriales de 8 de diciembre de 2009 y 12 de enero de 2010, en los cuales pidió su restitución inmediata como Auxiliar de enfermería del “Hospital Distrital” de Padilla, o en su defecto, se le haga conocer un pronunciamiento expreso al respecto. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La teoría del hecho superado y su diseño jurisprudencial
- elementos que procesalmente configuran el objeto de la tutela a ser brindada por el órgano contralor de constitucionalidad,
- III.2.Análisis del caso concreto
- REVOCAR