SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2012
Fecha: 18-Jun-2012
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Lucidio García Morón, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, mediante informe escrito cursante a fs. 435 y vta., señaló que el proceso ordinario de desocupación y entrega de inmueble seguido por Cristina Gómez Flores contra María del Carmen Chavarria de Cossio, ha concluido con la Sentencia de 20 de diciembre de 2005, en la cual se declaró probada la demanda y se dispuso se proceda a la desocupación y entrega del inmueble; y ante dicha Sentencia la accionante presentó recurso de apelación; en consecuencia, la Sala Civil Primera confirmó la Sentencia mediante el Auto de Vista de 19 de septiembre de 2006.
Posteriormente, a través del Auto de 28 de enero de 2008, el Juez demandado dispuso que previamente a librarse el mandamiento de desapoderamiento, deberá esperarse la conclusión del proceso penal; pero mediante el Auto de 5 de junio de 2009, determinó que se libre mandamiento de desapoderamiento contra los ocupantes del inmueble objeto de la litis, Resolución que fue apelada y confirmada por el Auto de Vista de 22 de octubre de 2009, dictado por la Sala Civil Segunda y finalmente por la providencia de 14 de enero de 2010, se ha dispuesto que se libre el referido mandamiento.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del derecho al debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR