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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2012

    Fecha: 18-Jun-2012

    II.2.

    II.2. Consta el Estatuto de la mencionada Asociación “La Angostura”, en el art. 13, indica que: “la dirección y administración de la Asociación estará a cardo de un Directorio compuesto del modo que se determina en el capítulo correspondiente. Será designado por la Asamblea General en sesión ordinaria, y sus miembros durarán en el ejercicio de sus funciones el tiempo pudiendo ser reelectos por otro periodo” (fs. 3 a 15).

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • Fragmento 6
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2.La seguridad jurídica no puede ser tutelada mediante una acción de amparo constitucional
    • III.3. La necesaria modulación de los efectos de las Sentencias Constitucionales
    • III.4. Análisis del caso concreto

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