SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2012

Fecha: 18-Jun-2012

II.1.

II.1.  Por carta notariada de 21 de enero de 2010, el accionante y sus representados, impugnaron las “candidaturas de los candidatos” al Directorio de AGASIV, bajo el argumento de que no se debió efectuar la elección en sentido de que los candidatos no cumplieron con los requisitos que exige el Estatuto y el Reglamento, al haber sido inscritos de forma irregular y fraudulenta; asimismo, mediante el acta de entrega se evidencia que la Notaria de Fe Pública de Segunda Clase de San Ignacio de Velasco entregó la misma a Inocencio Salazar Carballo (fs. 17 a 19 vta.).