SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2012

Fecha: 18-Jun-2012

-en el caso concreto-

         Es necesario previamente referirnos al marco normativo de la declaración del imputado conforme a lo previsto por el Código de Procedimiento Penal, para en definitiva, analizar -en el caso concreto-, si la falta u omisión de señalamiento o reprogramación de audiencia de declaración del imputado, se encuentra vinculado con la libertad por operar como causa directa para su restricción, considerando que: i) Se encuentra en libertad; y, ii) Su petitorio fue respondido.