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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2012

    Fecha: 22-Jun-2012

    I.1.3. Petitorio

    Solicita se declare “procedente” la tutela demandada y en consecuencia, disponga la nulidad del Auto de 12 de enero de 2012, fallando en el fondo, la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, hasta ser citada conforme a ley en su domicilio real o previa constancia en su domicilio laboral, con responsabilidad de la autoridad demandada.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • dado que sujetarnos a la enunciación que hace dicho precepto, correspondería a una interpretación restrictiva en desmedro de una norma internacional y de la propia Constitución. Este razonamiento implica un cambio de la línea asumida al respecto
    • considerando que dicha interpretación asumida era restrictiva en desmedro de una norma internacional y de la propia Constitución, y al ser universal el derecho a recurrir, se cambió la línea jurisprudencial…, superando el criterio anteriormente establecido, determinando que son susceptibles del recurso de apelación incidental, las resoluciones pronunciadas en los incidentes
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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