Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2012
Fecha: 22-Jun-2012
APROBAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la LTCP, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución de 28 de abril de 2012, cursante de fs. 102 a 105 vta., pronunciada por el Juez Segundo de Partido de Familia de la Niñez y Adolescencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sin ingresar al fondo. Con la aclaración que no se ingreso al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley' y '…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'
- emitió el auto de 19 del mismo mes y año, ordenando por Secretaría se expida el mandamiento de lanzamiento
- APROBAR