Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.5.
II.5. Mediante Auto Nacional Agrario 52/2011 de 2 de diciembre, los Vocales de la Sala Primera del entonces tribunal Agrario Nacional, nuevamente declararon infundado el recurso de nulidad y casación planteado por los accionantes, argumentando que no existió vicio alguno de procedimiento que conculque los derechos al debido proceso y “seguridad jurídica” que amerite nulidad y tampoco se demostró que el Juez de instancia hubiera efectuado apreciación errónea en la valoración de la prueba según acusan los recurrentes (fs. 31 a 37 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley' y '…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'
- emitió el auto de 19 del mismo mes y año, ordenando por Secretaría se expida el mandamiento de lanzamiento
- APROBAR