Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.11.
II.11. El 24 de febrero de 2012, los accionantes formalizaron recurso de nulidad y casación en el fondo y en la forma contra el Auto Interlocutorio de 17 de febrero de 2012, solicitando la remisión de antecedentes al Tribunal Agroambiental, a efectos de que considerando cada uno de los aspectos cuestionados y aplicando los mandatos de la ley, se anule y se deje sin efecto el auto recurrido, sin perjuicio de que ante la presencia de infracciones al orden público en la tramitación, se disponga la nulidad del proceso según lo establecido por el art. 252 del CPC (fs. 61 a 64).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley' y '…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'
- emitió el auto de 19 del mismo mes y año, ordenando por Secretaría se expida el mandamiento de lanzamiento
- APROBAR