Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.8.
II.8. Resolución Municipal 063/2009 de 25 de septiembre, emitida por el Concejo Municipal, por el que resuelve calificar el daño económico contra el patrimonio del Gobierno Municipal en Bs.- 103 871,80.- (ciento tres mil ochocientos setenta, con 80/100 bolivianos), señala también que se constató responsabilidad penal por lo que se emite una sanción pecuniaria con cargo de remuneración y restitución al patrimonio municipal (fs. 66 a 68).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La improcedencia de la acción de amparo constitucional en su elemento del juez natural-competencia.
- “
- III.4. Análisis del caso concreto
- recurso directo de nulidad
- 1° REVOCAR
- 2°