SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2012

Fecha: 04-Jul-2012

1)

Por su parte, Beatriz Alcira Sandoval Bascopé de Capobianco, María Cristina del Rosario Canedo Justiniano, Ángel Irusta Pérez, Hugo Roberto Suárez Calbimonte, Teófilo Tarquino Mujica y Luis Fernando Díaz Enriquez, Decana en ejercicio de la Presidencia, Ministros y Director Administrativo y Financiero, respectivamente, autoridades y funcionario público que fueron demandados; mediante informe de 12 de febrero de 2010, cursante de fs.  44 a 45, expresaron lo siguiente: 1) La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia tiene la atribución de designar en los respectivos cargos al personal administrativo de apoyo, tanto para funcionarios de carácter general en beneficio e interés de toda la entidad, como para las de exclusivo servicio con destino a cada una de las Salas especializadas; y como consecuencia de la misma la de disponer retiros; y, 2) Cada una de las salas, cuenta con un secretario de cámara, tres auxiliares y un oficial de diligencias, no contándose con el sistema de carrera con las características de estabilidad, prevista para las entidades estatales, como señala el Estatuto del Funcionario Público, por lo que no existe la modalidad de contratación por concurso de méritos y examen de competencia, por ello que las contrataciones y los retiros se rigen por un sistema y práctica desde hace mucho tiempo atrás; este sistema consiste en una exposición debidamente fundamentada que hace el ministro en reunión de Sala Plena y en consideración de dicha solicitud cuando resulte aceptable y convincente se determina el planteamiento respectivo.

En lo concerniente al caso planteado, por la práctica tradicional mencionada y siendo atendible la petición correspondiente, los ministros aprobamos la solicitud para el despido de la impetrante, en atención a esa determinación de Sala Plena, el memorándum de despido fue firmado por la Decana y por el Director Administrativo y Financiero referidos.