Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2012
Fecha: 04-Jul-2012
II
II.4. Mediante oficios de 30 de noviembre, 12 de diciembre de 2009 y el 14 de enero de 2010, la accionante se dirige a la Decana en ejercicio de la Presidencia Ministra Beatriz Alcira Sandoval de Capobianco, solicitando que por intermedio de esta autoridad se reconsidere su caso y se la reincorpore a su fuente laboral como Auxiliar de la Sala Penal Segunda (fs. 10 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- improcedente
- 1)
- concedió
- excusa
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II
- III.1. Delimitación de protección de la acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad respecto al juez natural en su elemento competencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- A