Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2012
Fecha: 04-Jul-2012
II.1.
II.1. El Banco BISA S.A., el 14 de julio de 2008, formalizó denuncia contra Gary Henry Soraide Morales y otros por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, ideológica, y otros, que fue ampliada contra Bertina Menacho Viruez, ahora accionante siendo su apellido materno Vidaurre, de quien al desconocer su domicilio se ordenó su citación mediante edictos; empero el 16 de junio de 2009, se presentó voluntariamente por memorial de la misma fecha ante el Ministerio Público (fs. 219 a 220 y 237).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- III.2. Los incidentes de nulidad son susceptibles del recurso de apelación incidental
- III.3. Con relación al caso concreto
- APROBAR