Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2012
Fecha: 06-Jul-2012
concedido
Por lo expuesto precedentemente, se concluye que el Juez de garantías, al haber concedido la tutela, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y ha dado correcta aplicación de la Constitución Política del Estado, Ley del Tribunal Constitucional y jurisprudencia constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- esta justicia tiene tres finalidades básicas, a saber: a) Hace respetar y prevalecer la Constitución y todas las normas y preceptos considerados supremos en relación a todo el sistema normativo infra-constitucional restante, que debe someterse a éstas; b) Evita el `abuso de poder´, para que el Estado, a través de sus órganos y en el marco de la división y coordinación de los mismos, cumpla con sus fines esenciales; y, c) Es la garante y celadora del respeto pleno y eficaz de los derechos fundamentales atribuidos a todas las personas”…
- “…
- III.3.Derecho a la defensa
- III.4.Derecho a ejercer cargos públicos
- III.5.Procedimiento administrativo disciplinario contra concejales y concejalas municipales
- III.6.Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR