Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2012
Fecha: 04-Jul-2012
II.10.
II.10. Mediante memorial de 2 de octubre de 2007, el recurrente conjuntamente los procesados interponen recurso jerárquico contra la RA 04/07, cuestionando la competencia de las autoridades del SEDES de Cochabamba entre otros fundamentos de forma y fondo del proceso administrativo. Recurso resuelto mediante RA 03/2010 de 30 de julio, por el Director del SEDES de Cochabamba confirmando la Resolución recurrida, y por consiguiente la RA 02/07 (fs. 410 a 412 vta. y 721 a 725 vta.).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- regulará y vigilara la atención de calidad a través de auditorías médicas sostenibles que evalúen el trabajo de su personal, la infraestructura y el equipamiento, de acuerdo con la ley
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.3.
- o sancionar su incumplimiento conforme mandan las leyes”
- Fragmento 22
- III.4. Análisis en el caso concreto
- INFUNDADO