Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2012
Fecha: 04-Jul-2012
II.6.
II.6. Por memorial de 22 de agosto de 2007, el ahora recurrente justificando su inconcurrencia a la audiencia señalada para el 20 de agosto del indicado año, por razones laborales, impetra se señale otra con el mismo objetivo; solicitud que es aceptada por la Sumariante mediante proveído de 23 de agosto de mismo año, señalando nueva audiencia de declaración informativa para el 28 de agosto de 2007 (fs. 300 a 301).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- regulará y vigilara la atención de calidad a través de auditorías médicas sostenibles que evalúen el trabajo de su personal, la infraestructura y el equipamiento, de acuerdo con la ley
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.3.
- o sancionar su incumplimiento conforme mandan las leyes”
- Fragmento 22
- III.4. Análisis en el caso concreto
- INFUNDADO