SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2012

Fecha: 06-Jul-2012

II.3.

II.3.  Sin embargo, el Alcalde Municipal mediante Resolución de 22 de enero de 2010, rechazó el recurso jerárquico interpuesto por el accionante, con el argumento de haber precluido el plazo conforme a los términos y plazos previstos por ley (fs. 8). Notificado con dicha Resolución, el 18 de febrero de 2010, éste planteó nuevamente recurso de revocatoria, impugnando el rechazo, toda vez que, la autoridad municipal no tiene competencia para rechazar un recurso jerárquico y que dicha impugnación tiene su base legal en la Ley de Procedimiento Administrativo, que en cumplimiento de lo previsto por el art. 66.III de la LPA, remita el recurso y sus antecedentes al Concejo Municipal. (fs. 9 a 10).