Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2012
Fecha: 09-Jul-2012
III.4. Consideraciones finales
Con relación a lo argüido por las personas demandadas en el informe a la acción tutelar interpuesta sobre la supuesta falta de cumplimiento de otro requisito para que el accionante sea habilitado en las justas electorales de COTEOR Ltda., no haber cumplido la antigüedad de más de un año de socio, exigida en la convocatoria a elecciones, al constituir un argumento nuevo que no hicieron conocer oportunamente al interesado para que asuma su defensa presentando los descargos pertinentes, el mismo no es tomado en cuenta en el pronunciamiento del presente fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- Económico Financiero,
- a)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Ámbito normativo en relación al funcionamiento de una sociedad cooperativa
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Consideraciones finales
- APROBAR