SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2012

Fecha: 09-Jul-2012

i)

María Lilian Villalta Maldonado, Fiscal de Materia, -codemandada- no presentó informe escrito y en audiencia, indicó: i) Según informe de acción directa, las representadas de los accionantes, tenían la calidad de aprehendidas, donde consta que un funcionario policial observó que de manera flagrante se produjo el forcejeo entre dos personas. Al respecto, se tiene en el cuaderno de investigación, la declaración de la víctima, en la que consta que las dos imputadas se le acercaron a proponer la lectura de la suerte y un “amarre” por $us420.-, y la tenencia del dinero; ii) En audiencia de consideración de medidas cautelares se estableció la fundamentación y relación circunstancial del hecho, por lo que se ordenó su detención preventiva, sin que se haya impugnado esa decisión a través del recurso de apelación incidental; iii) Sentencias Constitucionales, establecen que el Ministerio Público tiene la facultad de calificación provisional de acuerdo a los hechos y es precisamente lo que se hizo; y, iv) Solicitó se rechace la presente acción, por no haberse hecho uso del recurso de apelación incidental, como carácter subsidiario de la acción de libertad.