SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2012
Fecha: 09-Jul-2012
'ha mediado aceptación expresa o tácita del hecho lesivo, resulta jurídicamente absurdo reconsiderar el problema y eximir al afectado de la responsabilidad de sus actos admisorios.
Acerca de la acción de amparo constitucional por actos consentidos la Sentencia Constitucional señalada supra, haciendo cita a la SC 1702/2010-R de 25 de octubre, la cual estableció: ‘“La doctrina, sobre esta causal de improcedencia sostiene que cuando 'ha mediado aceptación expresa o tácita del hecho lesivo, resulta jurídicamente absurdo reconsiderar el problema y eximir al afectado de la responsabilidad de sus actos admisorios. Excepcional y exigente como es, el amparo, menos que ningún otro trámite, podría ser instrumento para purgar la negligencia de las partes' (SAGÜES, Néstor Pedro, Derecho Procesal Constitucional. Acción de Amparo, Editorial Astrea, Buenos Aires, 1995, p. 202-203).
Ahora bien, si el accionante ha sido diligente en su solicitud, reclamando el acto ilegal por los medios ordinarios establecidos en las leyes, y ha presentado su demanda dentro del plazo de caducidad, sólo podrá aplicarse la causal de improcedencia contenida en el art. 96.2 de la LTC, cuando el consentimiento sea cierto e inequívoco, emane de la voluntad de la persona y, por lo mismo la aceptación del acto ilegal -y en su caso, su acatamiento- depende de ella y no de la imposición de la autoridad o de terceras personas”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7. “
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de amparo constitucional
- 'ha mediado aceptación expresa o tácita del hecho lesivo, resulta jurídicamente absurdo reconsiderar el problema y eximir al afectado de la responsabilidad de sus actos admisorios.
- esta causal de improcedencia exige que los supuestos actos ilegales hayan sido consentidos libre y expresamente, lo que significa que la voluntad de consentir el acto, por un lado, no debe haber sido fruto de presión física o moral alguna, y por otro, que debe manifestarse en forma inequívoca, a través de palabras u otros signos exteriores que denoten la voluntad de consentir el acto ilegal, impugnado a través del amparo constitucional.
- dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales, de modo que no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida,
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- APROBAR