SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2012

Fecha: 09-Jul-2012

forma inmediata y eficaz el derecho

           Por lo expuesto, la presente acción de tutela, procede de forma directa, sólo si los medios legales ordinarios no son los adecuados e idóneos para reparar de forma inmediata y eficaz el derecho a la libertad ilegalmente restringido. Precisando dicha comprensión, la SC 0008/2010-R de 6 de abril, sobre la base de la Constitución Política del Estado vigente, precisó que la acción de libertad se configura: “…como un medio de defensa idóneo para la protección efectiva y real de derechos fundamentales vinculados a la vida, libertad y procesamientos indebidos que hagan peligrar, supriman o restrinjan estos derechos…”; añadiendo sin embargo, que: “…en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intraprocesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional, aspecto que se encuentra enmarcado en los mandatos insertos en los arts. 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos” (las negrillas son nuestras).