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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2012

    Fecha: 09-Jul-2012

    II.1.

    II.1.   A fs. 5, cursa la orden de citación dispuesta por el Fiscal de Materia codemandado, Antonio Ovando, para que el hoy representado del accionante, Sabio Mejía Ricaldez, se apersone a su Despacho el 20 de marzo de 2012, a horas 9:30, para prestar declaración en la investigación seguida en su contra por el Ministerio Público a querella de Marcial Arias Padilla en representación de Alejandro Cosme Ramos.

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.  El carácter subsidiario de la acción de libertad
    • forma inmediata y eficaz el derecho
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por él o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • 1)
    • APROBAR

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