SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2012

Fecha: 09-Jul-2012

III.5. Análisis del caso

En el caso presente, de los antecedentes que cursan se evidencia que el ahora representado ha sido citado en dos oportunidades a audiencias de conciliación; y, no habiendo asistido a las mismas, la autoridad demandada emitió una tercera citación con fuerza de orden de aprehensión, vulnerando su derecho a la libertad de locomoción, por cuanto, esta acción de persecución ilegal ejecutada por la autoridad demandada, implica la existencia de los presupuestos previstos en el Fundamento Jurídico II.2, toda vez que la autoridad demandada pretendió privarle del derecho a la libertad sin motivo o causa legal por lo que emitió una orden de aprehensión no establecida por ley o al margen de lo previsto por la ley.

Asimismo se evidencia que existe una persecución ilegal, por cuanto no habiéndose iniciado ningún proceso penal contra el hoy representado y no teniendo la calidad de denunciado ni de imputado, no puede constituir motivo justo para esta persecución la negativa a conciliar, más aun cuando esta debe ser entendida como “un medio alternativo de resolución de conflictos” la misma no resulta obligatoria sino deviene de la voluntad de las partes de llegar o no a un acuerdo o posible solución del conflicto; además, habiendo la autoridad demandada emitido una orden de aprehensión fuera de los casos establecidos por ley, por la no concurrencia del ahora representado a una audiencia de conciliación, tal como se ha referido en los Fundamentos Jurídicos III.3 y III.4, se ha apartado de sus funciones, atribuciones y ha vulnerado el derecho a la libertad de locomoción del representado del accionante.