SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2012

Fecha: 09-Jul-2012

III.1. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria

La acción de amparo constitucional, se encuentra prevista en el art. 128 de la CPE, como una acción tutelar de defensa: “…contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley”.

El art. 129.I de la Norma Fundamental, previene la subsidiariedad de la acción al precisar que se interpondrá “…ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidas, suprimidos o amenazados”.