SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0546/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0546/2012

Fecha: 09-Jul-2012

III.6.3. Actuación de la Jueza codemandada

               Los accionantes, con relación a la actuación de la Jueza de  Instrucción en lo Penal Mixta de Sorata, denuncian que dispuso la detención preventiva de su representada sin observar que se trataba de una menor de edad, aunque fue advertida de estar actuando sin competencia, continuó conociendo el caso, sin remitirla ante el Juez de la Niñez y Adolescencia como  autoridad llamada por ley, para conocer, dirigir y resolver los procesos que involucran a niños, niñas y adolescentes tal como lo establece el art. 221 del CNNA, concordante con el art. 224 ultima parte del mismo Código.

               Del informe prestado por la Jueza de Instrucción en lo Penal Mixta de Sorata, ahora demandada, se establece que dispuso la  detención preventiva y reclusión de la menor imputada en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de La Paz, por cuanto fue aprehendida e imputada por el Fiscal demandado por la presunta comisión del delito de asesinato de un taxista sucedido en la comunidad de “Millipaya”, por tratarse de un delito con una pena establecida de un máximo de treinta años y ante la concurrencia de los requisitos de la detención preventiva, no obstante haber hecho notar la minoridad de la representada de los accionantes, así como la situación de tener un niño lactante, la Jueza demandada no aplicó en ningún momento la presunción de minoridad de AA, limitándose a disponer su detención preventiva como si se tratase de una persona mayor, omitiendo lo dispuesto por los arts. 102, 221, 222, del CNNA, pues teniendo conocimiento de la causa y los datos del proceso debió direccionar la acción ante el Juez de la Niñez y Adolescencia, y no disponer su traslado al Centro de Orientación Femenina de Obrajes.