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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2012

    Fecha: 09-Jul-2012

    II.3.

     II.3. El 17 de agosto de 2011, Ramiro Orlando Guerra Beltrán, Director General Ejecutivo del INE, resolvió el recurso jerárquico mediante la Resolución Administrativa 125/2011, confirmando en todas sus partes la Resolución que resolvió el recurso de revocatoria SUM 006/2011 de 8 de julio, quedando firme la Resolución SUM FIN 012/2011, referente a Elizabeth Matilde Anibarro Vera (fs. 328 a 332).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concediendo en parte
    • II.2
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. De la acción de amparo constitucional
    • III.2. El plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional e                    inicio del cómputo.
    • Si es que se hubiese solicitado enmienda, aclaración o complementación de la resolución principal o auto de vista, que se constituye en el medio idóneo y que agota la vía, y no hubiesen sido consideradas, por extemporaneidad o el motivo que fuere; al no tener trascendencia ni efecto en la resolución principal, el plazo de los seis meses corre desde la notificación con la resolución principal o auto de vista, sin considerar la solicitud de aclaración, complementación o enmienda.
    • el 25 de agosto de 2011 (fs. 332)
    • REVOCAR

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