Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0558/2012
Fecha: 20-Jul-2012
II.6.
II.6. Nuevamente, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Resolución 04 de 17 de enero de 2012, resolvió la apelación incidental anulando la Resolución recurrida, disponiendo que la Jueza Primera de Ejecución Penal reponga el trámite legal; es decir, se corra en traslado a la parte afectada con los informes y las solicitudes de las autoridades penitenciarias a objeto de no lesionar su derecho a la defensa (fs. 12 a 13).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. Alcance y finalidad
- III.1.2. Sobre el debido proceso y la protección que brinda la acción de libertad
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión
- III.2. Análisis del caso concreto
- debe aguardar la Resolución que emitan los jueces de ejecución, en el penal de “El Abra”,
- APROBAR