Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0558/2012
Fecha: 20-Jul-2012
II.7.
II.7. Por memorial de 23 de abril de 2012, el representado del accionante interpuso recusación contra la autoridad demandada, quien mediante Auto de 24 de abril del mismo año, rechazó la recusación planteada; efectuada la solicitud de complementación y enmienda de parte del accionante sobre el rechazo in límine y lo previsto por el art. 320 inc. 1) del CPP, dicha autoridad rechazó la misma (fs. 17 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. Alcance y finalidad
- III.1.2. Sobre el debido proceso y la protección que brinda la acción de libertad
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión
- III.2. Análisis del caso concreto
- debe aguardar la Resolución que emitan los jueces de ejecución, en el penal de “El Abra”,
- APROBAR