Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2012
Fecha: 20-Jul-2012
concedió
Concluida la audiencia, el Juez de Partido y Sentencia Penal de Nor Yungas, con asiento judicial en Coroico, departamento de La Paz, mediante Resolución de 061/2012 de 2 de mayo, cursante de fs. 85 a 87, concedió la tutela de la acción de amparo constitucional, disponiendo: la reincorporación de la accionante a su fuente laboral, con el mismo nivel salarial en el plazo de 48 horas de notificada con la Resolución; más el pago de salarios devengados, así como el subsidio de natalidad que le corresponde.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Teodocio Quilca Acarapi, Alcalde Municipal de Caranavi del
- concedió
- i)
- II.4.
- II.5.
- a)
- regido por los principios de subsidiariedad e inmediatez.
- III.2. Sobre la protección de la inamovilidad funcionaria establecida en la CPE y otras normas como el Decreto Supremo 0012
- III.3. El derecho a la seguridad social
- , el empleador está obligado por ley a asegurarla en el ente gestor de salud que corresponda, así como cumplir con el régimen de asignaciones familiares referidas a la contingencia de la maternidad
- son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio
- APROBAR