Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.2.
II.2. El imputado Jorge Gemy Sánchez, por memorial de 27 de diciembre de 2011, solicitó a la autoridad jurisdiccional la cesación de su detención preventiva, señalando audiencia pública para su consideración el 19 de enero de 2012, que no se llevó a cabo por la ausencia injustificada del representante del Ministerio Público y no obstante de su legal notificación, fijando nuevo actuado procesal para el 24 del mismo mes y año, que también fue suspendida por falta de notificación a la querellante, señalando audiencia para el 26 de ese mes y año (fs. 237 a 238; 286 y vta. y 316 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- Fragmento 13
- Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.4.
- Fragmento 16
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- III.5.1.
- III.5.2. En cuanto a la actuación del Fiscal de Materia
- 2º CONCEDER