SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2012

Fecha: 23-Jul-2012

III.2.Motivación y congruencia como parte del debido proceso

El debido proceso y su doble aplicación tanto como derecho fundamental y garantía constitucional debe considerar la motivación y congruencia, así la   SC 1475/2011-R de 10 de octubre, señala que: “Esa doble naturaleza de aplicación y ejercicio del debido proceso, es parte inherente a la actividad procesal, tanto judicial como administrativa, pues nuestra Ley Fundamental instituye al debido proceso como:

i) Derecho fundamental: Como un derecho para proteger al ciudadano de los posibles abusos de las autoridades originados no sólo en actuaciones u omisiones procesales, sino también en las decisiones que adopten a través de las distintas resoluciones dictadas para dirimir situaciones jurídicas o administrativas y que afecten derechos fundamentales, constituyéndose en el instrumento de sujeción de las autoridades a las reglas establecidas por el ordenamiento jurídico.