Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.2.
II.2. Por escritura pública 261/2007, se transfiere la acciones de la empresa “CORHAT BOLIVIA S.A.”, con garantía prendaria a Ronald Alberto Suárez Salvatierra, estableciéndose en la cláusula tercera, el objeto, precio y forma de pago; en la cuarta el cumplimiento del pago en el primer año; y en la quinta se autoriza al comprador a deducir de las últimas cuotas pactadas en la clausula anterior hasta el 79% (10 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 8
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico; y 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.3. Ordinarización del proceso ejecutivo antes de acudir a la Justicia constitucional
- III.4.Análisis del caso concreto
- APROBAR,