AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2012-RCA-SL

Fecha: 07-Ago-2012

II.3. El principio pro actione en la etapa de admisión del amparo constitucional

La constitución Política del Estado determina en sus arts. 9.4 y 13.I, como fines y funciones del Estado el “Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución”, así como el deber de promover, proteger y respetar los derechos reconocidos en la Ley Fundamental.