AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2012

forma señalados por el art. 97.I, II y V

En relación a los requisitos de forma señalados por el art. 97.I, II y V de la LTC, se evidencia que el accionante acreditó su personería al demostrar ser la parte demandada dentro del proceso administrativo seguido en su contra; para el efecto, adjuntó la prueba en que funda su pretensión, especialmente la Resolución del Tribunal Disciplinario 1115/2010 de 18 de noviembre (fs. 5055 a 5065); asimismo, en lo que respecta al nombre y domicilio de las autoridades demandadas el accionante de muestra haber interpuesto el recurso contra los miembros del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana y Tribunal Disciplinario Departamental de Santa Cruz, señalando sus generales de ley y domicilios, respectivamente.