AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2012

2)

2)  En cuanto a los requisitos de contenido, el  Tribunal o Juez  también deberá analizar si se cumplieron los mismos en la presentación de la  acción, basándose en lo pertinente en el art. 97 de la LTC, en cuanto a los requisitos de admisión señala que: “El recurso será presentado por escrito con el cumplimiento de los siguientes requisitos de contenido: 

Los requisitos insertos en los parágrafos I, II y V, constituyen requisitos de forma y, por tanto subsanables en el plazo de cuarenta y ocho horas,       de conformidad a lo dispuesto en el art. 98 de la LTC; en tanto que los parágrafos III, IV y VI, componen los requisitos de fondo; por consiguiente, insubsanables; es decir, si no se cumplen, el Tribunal o Juez de garantías deberá rechazar in limine la acción; sin perjuicio de su impugnación ante la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional.