AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2012-RCA

Fecha: 28-Ago-2012

Fragmento 6

Mediante Resolución 11/2012 de 26 de julio, cursante de fs. 238 a 240 vta., la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías declaró improcedente la acción de amparo constitucional, debido a que se presentó la acción en los mismos extremos del amparo interpuesto por la autoridad de la Gobernación del Departamento de Tarija, convirtiéndose en un caso de improcedencia de la acción conforme a lo previsto en el art. 74.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), pues en caso de ser admitido, implicaría volver al análisis sobre aspectos que ya han sido resueltos, donde intervinieron los mismos sujetos procesales, objeto y causa; por consiguiente el accionante no puede presentar un nuevo amparo constitucional con la intención de que se cumpla uno anterior.