SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2012
Fecha: 02-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, arguye que se ha vulnerado su derecho al debido proceso en su cauce esencial del derecho inviolable, irrestricto de defensa; por cuanto en el proceso penal que le sigue la querellante Manuela Carmen Rosa Cueto Álvarez por la presunta comisión de los delitos de difamación, calumnia y otro, la Jueza de la causa ante la inasistencia injustificada de la parte querellante a la audiencia de juicio oral, se negó a declarar el abandono de querella y extinción de la acción penal; empero, presentado el incidente por actividad procesal defectuosa, la misma autoridad dispuso el abandono de querella y extinción de la acción penal, Resolución que en apelación incidental fue dejada sin efecto por las autoridades ahora demandadas, quienes dispusieron la prosecución del juicio oral sin valorar adecuadamente, ni razonablemente los antecedentes del caso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- I.2.3. Participación de la tercera interesada
- I.2.4. Informe del Ministerio Público
- denegando
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La garantía del debido proceso y su contenido
- III.2.1. El derecho a la defensa
- III.2.2. El derecho a la valoración de la prueba y los antecedentes del caso
- III.3. Análisis del caso concreto
- “denegar”
- APROBAR