Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2012
Fecha: 02-Ago-2012
II.6.
II.6. Auto de Vista 700/2011, emitido por la Sala Penal Primera, dentro del proceso penal, seguido por el Ministerio Público contra José Ronald Saravia Saavedra y otros, por el delito de homicidio y otros, por el cual revocan la Resolución 146/2011, disponiendo que el Juez a quo, libre el correspondiente mandamiento de detención preventiva contra José Ronald Saravia Saavedra (fs. 257 a 259).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Competencia de los tribunales de apelación de medidas cautelares de carácter personal y fundamentación motivada como elemento fundamental del debido proceso
- Sin embargo, tratándose de la aplicación de medidas cautelares, dicha normativa no debe ser entendida en su literalidad sino interpretada en forma integral y sistemática
- no implica que los tribunales de apelación se encuentren eximidos de la obligación de motivar y fundamentar la resolución por la cual deciden imponer la medida cautelar de detención preventiva
- el tribunal de alzada al momento de conocer y resolver recursos de apelación de la resolución que disponga, modifique o rechace medidas cautelares, deberá precisar las razones y elementos de convicción que sustentan su decisión de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso