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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2012

    Fecha: 13-Ago-2012

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • procedente” y
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 9
    • protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad
    • Principio de protección y tutela
    • Principio de equidad
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III.2.
    • Fragmento 16
    • III.3.  Sobre las medidas precautorias y de seguridad en los procesos laborales
    • con carácter previo a librar mandamiento de apremio en ejecución de una sentencia laboral, conforme a lo establecido por el art. 216 del CPT, se deba proceder al remate de los bienes que se hubieren embargado al empleador.
    • III.4.  Modulación de la línea jurisprudencial establecida en la SC 0114/2007-R de 7 de marzo
    • a los efectos de la aplicación del apremio corporal previsto por el art. 216 del CPT, tratándose únicamente de la trabajadora o el trabajador, no será necesario de que con carácter previo se proceda al remate de los bienes que se hubieren embargado o pudiesen embargarse, sin perjuicio de que esta última medida pueda adoptarse a los efectos de asegurar el resultado del proceso, conforme dispone el art. 100 del CPT.
    • Fragmento 21
    • Fragmento 22
    • III.5.
    • III.6.  Análisis en el caso concreto
    • 2°

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