Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2012
Fecha: 13-Ago-2012
1.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante en audiencia se ratificó in extenso en los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y señaló que desde el 12 de julio de 2011, su defendido se encuentra detenido preventivamente en el penal de Morros Blancos y luego de varias solicitudes de cesación, detenciones preventivas, aún se mantiene vigente su detención; sin embargo, aclaró que se está pidiendo libertad irrestricta sino que pide que se aplique una medida menos gravosa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito
- III.2. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.3.Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal, constituido en Juez a quo
- b)
- APROBAR