Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2012
Fecha: 13-Ago-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El accionante, por memorial presentado el 22 de mayo de 2012, cursante de fs. 89 a 104 vta. ,refirió que el 13 de julio de 2011, el Ministerio Público presentó imputación formal en su contra, por la presunta comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, uso de instrumento falsificado e incumplimiento de contrato, dicha imputación refiere a una falsificación de boletas de garantía 6171 y 6178, emitidas por el Fondo Financiero Privado PRODEM S.A. para garantizar la ejecución de la “obra de arte camino lajas, cruzada quebrada grande y paicho hornos”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito
- III.2. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.3.Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal, constituido en Juez a quo
- b)
- APROBAR