SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2012

Fecha: 20-Ago-2012

a)

El accionante, alega la vulneración de sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, por cuanto dentro del proceso disciplinario que concluyó con baja definitiva de la institución policial: a) No se le designó con antelación al juicio disciplinario, a un abogado de oficio, que asuma su defensa efectiva; b) No se le notificó adecuadamente mediante los edictos publicados en la prensa nacional (siendo condenado en ausencia); y, c) Se realizaron las investigaciones por el Director de Responsabilidad Profesional y no así por el Fiscal Policial, por lo que considera que debió haberse anulado obrados a tiempo de emitirse la resolución 775/2009 de 22 de septiembre, además de haberse declarado la prescripción de su caso disciplinario.