Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2012
Fecha: 20-Ago-2012
II.1.
II.1. Cursa contrato de alquiler, por el cual Jorge Adrian Zenteno Romero, -propietario del inmueble ubicado en la calle Osvaldo Canedo 645, barrio Hipódromo-, dio el “Departamento Principal” (sic) de dicho inmueble, en alquiler a “Eliana Amusquivar Bermudez”, para la familia Amusquivar, en adelante denominados como los “INQUILINOS” (sic), por un año forzoso y otro voluntario “de acuerdo a partes” (sic), por la suma de $us200.- mensual, conforme se consigna en el documento de contrato de alquiler de 24 de enero de 2000 (fs. 57).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “Improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- III.2. La acción de amparo constitucional y los derechos fundamentales
- Fragmento 17
- III.3.Los elementos subjetivo y objetivo del amparo constitucional y la legitimación activa
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR